FAQ
ALTERNATIVA: Delegar en una figura jurídica profesional, o en alguna figura jurídica que forme parte de la misma las labores necesarias (solicitud formal al ayuntamiento, petición de certificados a catastro, etc.)
SIEMPRE: Ha de formalizarse la constitución de la comisión promotora, con documento público o privado, y siempre debe justificarse que supone más del 25 % de valores catastrales y 25 % de titulares.
Ref Catastral: XXXXX Nº titulares: 3, cada uno con 33,33% de la propiedad, si solo 1 vota a favor, se contaría como 0,33 titulares, 2 votan a favor 0,66 titulares y si votan los 3 como 1 titular a favor.
Ejemplo: La administración local puede indicar como quiere que se presente la constitución de la comisión promotora, si prefiere que sea una forma jurídica propia o si acepta una delegación.
Debe convocarse a las asambleas y reuniones a los nuevos propietarios.